Concurso de acreedores necesario
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En el concurso de acreedores necesario, el órgano administrativo de la empresa quedará suspendido de sus funciones, siendo sustituido por la administración concursal.
En el concurso de acreedores necesario, los acreedores instantes del procedimiento, obtendrán un privilegio de cobro del 25% de su crédito, puesto que la Ley entiende que dicho esfuerzo es beneficioso y que se encuentra en cumplimiento con la obligación legal de una empresa insolvente.
Además del suspenso de las facultades del consejo de administración, y presumiendo la culpabilidad del concurso, los administradores de la empresa pueden ser embargados desde el principio del procedimiento, con carácter preventivo y en garantía de los acreedores. La presunción de culpabilidad supondrá que dichos acreedores no necesitarán probar que los administradores han actuado culpablemente.
Resumiendo, cuando una empresa no es capaz de afrontar sus obligaciones de pago, instar el concurso de acreedores necesario en Barcelona supondrá ciertas ventajas frente al concurso voluntario:
- Privilegio de cobro de un 25% del crédito.
- Los administradores concursales ocupan el lugar de los administradores de la empresa.
- Presunción de culpabilidad para los administradores de la empresa, con la posibilidad de que si los bienes de la sociedad no fueran suficientes, se podrá cobrar de sus bienes personales.
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