Como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del Coronavirus COVID-19 en España y del Decreto de estado de alarma pueden plantearse múltiples reclamaciones contra la Administración, fundamentalmente la estatal pero en algunos casos también la autonómica, por posibles responsabilidades patrimoniales, tanto por acción como especialmente, por omisión al no haber adoptado con suficiente antelación las medidas necesarias, tanto a nivel sanitario como económico.
La Administración no sólo ha incurrido en una clara omisión de su deber de evitar la propagación del coronavirus, sino que con su actuación puede haber permitido que el mismo se expanda incrementando el daño (moral y material) que está sufriendo el conjunto de la población, tanto a nivel social, como sanitario y económico.
Hay que tener en cuenta que el Gobierno Central, especialmente a través del Ministerio de Sanidad, al haber asumido de forma exclusiva la gestión de la crisis sanitaria, también ha asumido la responsabilidad derivada de los acuerdos adoptados, lo cual en la desescalada lo está compartiendo con las Comunidades Autónomas, que serán responsables de las posibles consecuencias adas de las propuestas de desconfinamiento progresivo.
El caso más claro puede ser el de familiares de fallecidos como consecuencia del COVID-19 que deseen reclamar una indemnización consecuencia de dicho fallecimiento, basándose en la falta de previsión del Gobierno español; tardanza en la adopción de medidas tales como cierre de fronteras, falta de medidas de detección en frontera o aeropuertos, falta de medios de detección; compras de test y mascarillas defectuosas, etc.
También tendrán legitimación para reclamar sanitarios afectados a los que no se dotaron de EPIS, mascarillas u otros equipos de protección necesarios y efectivos, así como por no habérseles realizado las pruebas o test de detección rápida.
Respecto de los fallecimientos ocurridos en las Residencias de ancianos, donde mayores casos y se han detectado y fallecimientos se han producido, sí puede existir responsabilidad patrimonial por parte de las comunidades autónomas competentes, al no haber reaccionado con suficiente celeridad en la detección, control de la extensión de la epidemia, dotación de medios, etc. en dichos centros.
En cuanto a posibles reclamaciones por el cese de actividades como consecuencia del Decreto de Alarma, si bien es más complicado al alegarse probablemente por parte de la Administración que se trata de un supuesto de Fuerza Mayor; sí que existen determinados gremios, como el de la hostelería, donde las pérdidas de negocio derivadas de las medidas de desconfinamiento progresivo, pueden resultar desastrosas económicamente, siendo el daño fácilmente evaluable.
En Urbe Abogados te podemos ayudar a valorar tu caso concreto y analizar la posible responsabilidad patrimonial de la administración competente, evaluar el perjuicio, daños moral y económico causado y realizar las reclamaciones pertinentes.