Con este titular encabezó el diario Expansión una noticia referente a los gastos hipotecarios y una reciente sentencia en la que la banca implicada debe devolverlos a la persona que asumió, en el momento de la firma de la hipoteca, los mismos.
Así se desprende a raíz de la nueva doctrina implantada por el Supremo en la que “quien tiene el interés principal en elevar a escritura pública el préstamo con garantía hipotecaria es el prestamista, que es quien recibe el título ejecutivo acreditativo”. Basándose en ella, la sentencia entiende el reparto de las cargas.
La OCU considera que existen más de seis millones de hipotecas en vigor afectadas. En España, habitualmente la entidad financiera traslada de manera tácita todo el coste de las gestiones administrativas al cliente sin que este suela oponer resistencia. Sin embargo, no todos los préstamos hipotecarios recogen esta especificación en el redactado del contrato.
Son muchos las personas afectadas que están empezando a informarse para saber si es posible presentar una demanda contra su entidad financiera para, al menos, reducir el coste de estos gastos o compartirlos. Por ello en Urbe Abogados ofrecemos a nuestros clientes la posibilidad de estudiar su caso y asesorarle para saber si su demanda puede ser llevada a trámite.
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