El Juzgado de lo Mercantil de Donostia, con fecha 1 de septiembre, ha declarado nula la cláusula suelo de un préstamo del BBVA, condenando a dicha entidad a devolver todo lo que el cliente abonó por su aplicación, contraviniendo así a la Doctrina del Tribunal Supremo, que estableció que solo cabía devolver lo abonado a partir del 9 de mayo del 2013.
La juez ha considerado que por encima de nuestro Tribunal Supremo se encuentra la legislación comunitaria y es a ella a la que se deben los jueces de los Estados Miembros. La sentencia refiere a uno de nuestros representados de Stop Donostialdea, en cuya demanda solicitábamos la nulidad de la cláusula suelo, la nulidad de los intereses moratorios y la de la comisión de reclamación, así como la de los gastos a cargo del cliente y el vencimiento anticipado del préstamo, solicitando que en cumplimiento de la normativa comunitaria se le devolviera a nuestro representado todo lo abonado por la cláusula suelo a partir de la firma del contrato.

La juez, ha estimado íntegramente nuestra demanda y declarado nula la cláusula suelo, la cláusula de intereses de demora del 19%, la cláusula de 30 euros de comisión de reclamación, la cláusula de gastos a cargo del cliente y la de vencimiento anticipado por impago de gastos relacionados con el préstamo. Obteniendo esta última especial relevancia, pues la fecha de la subasta de la vivienda ya se encontraba fijada para la primera semana de octubre, debiendo ser ahora archivada por el juez que llevaba la ejecución.

En URBE Servicios Jurídicos y Legales, estamos muy satisfechos con la sentencia y seguiremos trabajando y esforzándonos día a día para sumar más casos de éxito relacionados con las cláusulas suelo.

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